Drones en emergencias forestales: un riesgo que puede costar vidas

La suspensión de operaciones aéreas en un incendio de Ñuble reabre el debate sobre el uso irresponsable de drones en zonas de catástrofe, una práctica prohibida por su alto riesgo para brigadas y aeronaves. Especialistas advierten que estas acciones pueden acarrear sanciones penales y agravar la emergencia.

La emergencia por incendios forestales que afecta a las regiones de Ñuble y Biobío volvió a evidenciar los riesgos del uso indebido de drones en zonas de combate del fuego. Este miércoles 23 de enero, las labores aéreas para controlar el incendio en la comuna de Quillón debieron suspenderse por más de una hora, luego de detectarse la presencia de drones sobrevolando el sector de Queime, mientras aeronaves especializadas realizaban lanzamientos de agua.

La interrupción se produjo en un momento crítico del combate, debido al alto riesgo de colisión entre estos dispositivos y helicópteros o aviones que operan en la emergencia. Ante lo ocurrido, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) reiteró la prohibición absoluta del uso de drones en zonas afectadas por incendios forestales, recordando que estas acciones ponen en peligro la seguridad de las tripulaciones y retrasan el control del siniestro.

Desde el ámbito académico, Sergio Figueroa, especialista del Centro Regional de Estudios Ambientales (CREA) de la Universidad Católica de la Santísima Concepción (UCSC), explicó que la normativa vigente es clara respecto a las condiciones para operar drones. “Antes de iniciar cualquier vuelo, el piloto debe solicitar autorización a la DGAC, entregando antecedentes como el certificado de operador aéreo, la identificación del piloto y del equipo, la descripción de la operación, el lugar exacto de vuelo, la evaluación de riesgos y los permisos del propietario del predio”, detalló.

El especialista enfatizó que, por norma, “un dron nunca puede volar a más de 120 metros de altura, debe mantenerse siempre dentro del campo visual del piloto y respetar estrictamente la privacidad de las personas”. En el caso de Quillón, añadió, “es evidente que quienes operaban el dron no contaban con autorización, ya que bajo las condiciones de una emergencia activa no se habría otorgado, y de existir una autorización previa, esta se cancela de inmediato”.

Figueroa advirtió además que estas conductas no solo son irresponsables, sino que pueden tener consecuencias legales severas. “En este tipo de situaciones, las sanciones penales son plenamente aplicables, porque se pone en riesgo a aeronaves tripuladas, se interfiere con servicios de emergencia y se vulnera gravemente la seguridad pública”, concluyó.

Las autoridades reiteraron el llamado a la responsabilidad ciudadana y a respetar las normas aeronáuticas durante emergencias, recordando que la prioridad es resguardar la vida de las personas y facilitar el trabajo de quienes combaten los incendios forestales.

Prensa

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