EL DERECHO LABORAL EN CHILE QUE PERMITE A LAS MUJERES AUSENTARSE PARA REALIZARSE LA MAMOGRAFÍA

Mujer chilena revisando sus documentos médicos y pensando en sus derechos laborales para la prevención del cáncer de mama
⚡ Puntos Clave de la Noticia:
  • El Código del Trabajo otorga medio día de permiso anual pagado para exámenes preventivos.
  • Aplica para la mamografía y el Papanicolau en contratos superiores a treinta días.
  • Se debe avisar al empleador con una semana de anticipación y luego acreditar el examen.

Hay derechos que existen en la ley, pero que, si las personas no los conocen, difícilmente pueden ejercer.

Esta semana conocimos una cifra que debería hacer detenernos: entre enero y julio de este año se han diagnosticado 4.400 nuevos casos de cáncer de mama en Chile, un 7,6% más que en el mismo período de 2025. Se trata del cáncer más frecuente entre las mujeres de nuestro país y de la principal causa de muerte femenina por este tipo de enfermedad. En este contexto, el llamado del Ministerio de Salud vuelve a poner sobre la mesa una palabra clave: detección precoz.

Muchas mujeres trabajan y, al mismo tiempo, cuidan a sus hijos, personas mayores u otros integrantes de sus familias. Otras simplemente postergan una hora médica porque les incomoda pedir permiso a sus empleadores.

Nuestro Código del Trabajo contempla precisamente un mecanismo para evitar que las obligaciones laborales se conviertan en una barrera para la prevención.

El artículo 66 bis reconoce a las trabajadoras y los trabajadores cuyos contratos sean superiores a treinta días el derecho a medio día de permiso al año para realizarse exámenes de medicina preventiva, entre ellos la mamografía. En el caso de las mujeres, esta autorización también puede incluir prestaciones como el Papanicolau. Desde 2021, además, dejó de estar limitado a determinadas edades.

El permiso puede utilizarse para realizar exámenes tanto en instituciones públicas como privadas. Para ello, la persona trabajadora debe avisar a su empleador con una semana de anticipación y, posteriormente, acreditar que efectivamente se realizó el examen. El tiempo utilizado se considera trabajado para todos los efectos legales, por lo que no corresponde descontarlo de la remuneración. Asimismo, cuando sea necesario, la autorización debe complementarse con el tiempo requerido para los traslados hacia y desde el centro médico, considerando las condiciones geográficas, de transporte y la disponibilidad del equipamiento.

Al respecto, existe una precisión importante: la Dirección del Trabajo señala que se trata de medio día de permiso al año y no de medio día por cada examen preventivo. Por lo tanto, si una mujer necesita realizarse una mamografía y un Papanicolau en fechas distintas, la norma no contempla dos beneficios independientes.

Prevenir también es un derecho. Y un derecho que no conocemos, muchas veces, es uno que no ejercemos.