La Superintendencia del Medio Ambiente detectó la remoción de más de 50 mil metros cúbicos de material en la desembocadura del río Biobío, sin evaluación ambiental. La empresa arriesga sanciones que podrían incluir multas millonarias y clausura.
Una faena de extracción de arena que operaba en plena desembocadura del río Biobío, dentro de un área protegida como Santuario de la Naturaleza, quedó en el centro de un procedimiento sancionatorio iniciado por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
El organismo formuló cargos contra la Compañía Minera Tridente Limitada, responsable de una operación ubicada en la comuna de Hualpén, luego de constatar la extracción de más de 50 mil metros cúbicos de material sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
La actividad se desarrollaba mediante balsas y bombas de impulsión que permitían retirar arena desde el lecho del río, en un sector declarado Santuario de la Naturaleza en 2023.
Denuncias e inspecciones permitieron detectar la extracción
La investigación se originó a partir de denuncias presentadas por la Municipalidad de Hualpén y particulares, que motivaron fiscalizaciones en terreno y levantamientos con drones.
Según informó la SMA, estas diligencias permitieron determinar la magnitud de las extracciones realizadas sin evaluación ambiental.
El organismo imputó un cargo gravísimo por la ejecución del proyecto mediante dragado sin autorización ambiental, junto con conductas de obstaculización y negativa a entregar información. Además, formuló un cargo grave por incumplir la orden de ingreso obligatorio al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), dictada en 2024.
Empresa arriesga importantes sanciones
El superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, advirtió sobre los riesgos que estas actividades representan para los ecosistemas.
“El desarrollo de proyectos de extracción de áridos a escala industrial sin evaluación ambiental genera un riesgo grave para los ecosistemas fluviales, el agua subterránea y la biodiversidad asociada”, sostuvo.
De acuerdo con la legislación vigente, las infracciones gravísimas pueden ser sancionadas con multas de hasta 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA), clausura u otras medidas contempladas en la normativa. Las infracciones graves pueden implicar multas de hasta 5 mil UTA.
La empresa dispone de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 22 días hábiles para formular sus descargos, conforme a los plazos ampliados informados por la SMA.
La formulación de cargos constituye el inicio de un procedimiento sancionatorio y no una sanción definitiva.
Los antecedentes del caso están disponibles en el expediente público de la SMA: https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/4663.
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