- La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección presentado por la familia del estudiante.
- El alumno admitió haber ingresado y exhibido el arma blanca, lo cual fue tipificado como falta gravísima.
- El tribunal concluyó que el colegio siguió correctamente los protocolos de la ley Aula Segura para garantizar la seguridad.
*El estudiante de séptimo básico reconoció haber ingresado y exhibido un arma blanca al interior del establecimiento, asegurando que la portaba para defenderse. La justicia respaldó la expulsión, concluyendo que el colegio actuó conforme a la ley para proteger a toda la comunidad educativa.*
En una decisión que vuelve a poner sobre la mesa el complejo escenario que enfrentan los establecimientos educacionales ante el aumento de la violencia escolar, la Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la expulsión de un estudiante de séptimo básico que ingresó con una navaja al colegio y la exhibió durante la jornada escolar, generando temor entre sus compañeros.
El fallo unánime de la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de protección presentado por la apoderada del menor y respaldó la decisión adoptada por el Colegio Amanecer San Carlos, concluyendo que el establecimiento actuó dentro del marco legal y aplicó correctamente su Reglamento Interno de Convivencia Escolar.
La sentencia constituye un importante respaldo para los establecimientos educacionales, en un contexto donde las decisiones disciplinarias adoptadas para resguardar la seguridad de las comunidades escolares son cada vez más frecuentemente llevadas ante los tribunales. Llevaba una navaja y la exhibió durante las clases
De acuerdo con los antecedentes analizados por la Corte, quedó acreditado que el estudiante portó una navaja o cortapluma al interior del establecimiento y la exhibió mientras se desarrollaban las actividades escolares.
Además, el propio alumno reconoció que llevaba el arma blanca como mecanismo de defensa personal.
Para los ministros, dicha conducta se encuentra expresamente tipificada como una falta gravísima dentro del Reglamento Interno de Convivencia Escolar, ya que vulneró las normas del establecimiento y provocó un fundado temor entre sus compañeros al exhibir el arma dentro del colegio. El colegio siguió todos los protocolos
Uno de los principales argumentos del recurso era que el establecimiento habría actuado de manera arbitraria al expulsar al estudiante.
Sin embargo, la Corte descartó completamente esa tesis.
Según el fallo, el colegio activó oportunamente los protocolos establecidos por la Ley N.º 21.128 (Aula Segura), aplicó una suspensión cautelar debidamente fundada, realizó la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público e inició una investigación interna que incluyó entrevistas a testigos y al propio estudiante involucrado.
Asimismo, el establecimiento implementó medidas de apoyo psicosocial destinadas a proteger a la comunidad educativa mientras se desarrollaba el procedimiento disciplinario.
Para el tribunal, todo ello demuestra que la decisión no fue improvisada ni caprichosa, sino el resultado de un procedimiento ajustado a la normativa vigente. El alumno reconoció los hechos
La sentencia también destaca que el propio estudiante admitió haber portado el arma blanca.
A juicio de la Corte, la expulsión respondió a una conducta que tanto la legislación como el reglamento interno consideran de máxima gravedad, precisamente por el riesgo que implica para la integridad física y psicológica de estudiantes, docentes y funcionarios.
El tribunal enfatiza que el objetivo de la medida fue resguardar la seguridad de toda la comunidad educativa. La defensa pudo ejercer todos sus derechos
Los jueces también rechazaron la alegación de que se hubiera vulnerado el debido proceso.
La resolución señala que tanto el estudiante como su apoderada tuvieron la posibilidad de presentar descargos escritos, aportar antecedentes e incluso acompañar imágenes del arma blanca.
Posteriormente, una vez notificada la expulsión, ejercieron su derecho a apelar, instancia que fue conocida y resuelta por el Consejo de Profesores mediante una decisión mayoritaria y debidamente documentada.
Para la Corte, todas las etapas exigidas por la normativa fueron respetadas. La Superintendencia también revisó el procedimiento
El fallo agrega que la Superintendencia de Educación tomó conocimiento del procedimiento disciplinario seguido por el establecimiento tras la aplicación de la expulsión.
Luego de revisar los antecedentes, el organismo constató que el colegio actuó conforme a las disposiciones de la Ley Aula Segura y derivó los antecedentes a la autoridad provincial correspondiente para garantizar la reubicación del estudiante en otro establecimiento educacional, resguardando así su derecho a la educación. Un fallo que llega en medio del complejo escenario que viven los colegios
La resolución adquiere especial relevancia en momentos en que la violencia en los establecimientos educacionales se ha convertido en una de las principales preocupaciones del sistema escolar.
Agresiones a docentes, amenazas con armas, riñas y otros episodios graves han obligado a los colegios a reforzar sus protocolos de convivencia y seguridad.
En ese contexto, el fallo cobra especial importancia. Los establecimientos educacionales enfrentan hoy un escenario marcado por el aumento de hechos de violencia escolar y una creciente judicialización de las medidas disciplinarias que adoptan para proteger a sus comunidades. Mientras los colegios deben responder a situaciones cada vez más complejas —incluyendo el ingreso de armas a los recintos educacionales—, muchas de sus decisiones terminan siendo revisadas por los tribunales.
A ello se suma el impacto que generó recientemente el asesinato de una funcionaria de un establecimiento educacional en el norte del país a manos de un estudiante, hecho que reabrió el debate nacional sobre la necesidad de fortalecer las herramientas legales y el respaldo institucional para resguardar la seguridad de las comunidades educativas.
En este escenario, la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción entrega una señal clara respecto de que, cuando los establecimientos respetan los procedimientos establecidos en la ley, investigan los hechos y garantizan el derecho a defensa de los involucrados, cuentan con respaldo judicial para adoptar medidas disciplinarias destinadas a proteger la integridad física y psicológica de estudiantes, docentes y asistentes de la educación.
Con ello, el tribunal concluyó que no existió actuación ilegal ni arbitraria por parte del Colegio Amanecer San Carlos, confirmando definitivamente la expulsión del estudiante y reforzando la facultad de los establecimientos para actuar frente a conductas que ponen en riesgo la seguridad de toda la comunidad escolar.
